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a.
Se fija en el momento de hacer la petición de acuerdo con
los intereses de los contrayentes y la cantidad de matrimonios a
celebrar por la Notaría. Debe solicitarse al menos con 3
días de anticipación como mínimo según
las disposiciones legales y en vigor del Ministerio de Justicia
de la República de Cuba.
b. Los novios deben presentarse con dos testigos
mayores de edad y que no tengan ningún vínculo familiar
con los novios. Tienen además la potestad de decidir la forma
de vestir para la ocasión de la boda.
c. A petición de la persona interesada
la ceremonia podrá hacerse fuera de las oficinas de la Notaría,
por ejemplo, en el hotel donde se hospedan.

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